Conoce las familias de elementos de protección personal con las especificaciones técnicas que deben ser consultadas y utilizadas por las dependencias de EPM, los proveedores y contratistas para los procesos de suministro y para garantizar la seguridad de los funcionarios en el desarrollo de sus actividades.
Servicio de energía eléctrica
Disfrutar de la Energía Eléctrica es un hecho casi mágico, ya que sólo es necesario apretar un botón para tener este milagro cotidiano en nuestras vidas, milagro que después de viajar cientos de kilómetros, llega a ciudades y poblados.
La prestación del Servicio de Energía Eléctrica en Colombia se compone por la Generación, Transmisión, Distribución y Comercialización. Las compañías que realizan estas actividades se denominan “Agentes del Sector”. Cada una de estas actividades es independiente y define un componente de la tarifa de Energía. EPM desarrolla las cuatro actividades y es el “Operador de Red” en Antioquia. En EPM también se presta el servicio de Comercialización de la Energía para los más de 2.262.027 clientes adscritos a nuestro mercado (Regulado y No Regulado a enero de 2017) y prestamos al igual que los 14 Comercializadores presentes en nuestra área de influencia, un servicio de intermediación entre los “Usuarios Finales” de la Energía y los otros “Agentes del Sector”.
Por eso, en las cosas importantes no dejes que otros decidan por ti. En EPM estamos ahí como “Operadores de Red (Agente Distribuidor)” para que la buena energía llegue hasta tu instalación con la calidad que necesitas, pero tú tienes el derecho de elegir tu propio “Comercializador de Energía”.
Haz clic aquí para conocer los precios de los servicios de corte por falta de pago, suspensión por falta de pago, reconexión y reinstalación del servicio de energía eléctrica.
Adicionalmente, el kilovatio hora tiene subsidios o contribuciones, regidos por la Ley 142 de 1994, dependiendo del estrato, así:
Estrato 1: por ley tiene un subsidio del 50% del valor del kilovatio hora.
Estrato 2: por ley tiene un subsidio del 40% del valor del kilovatio hora.
Estrato 3: por ley tiene un subsidio del 15% del valor del kilovatio hora.
Importante:
De acuerdo con la ley 1428 de 2010 y transitoriamente; el máximo de subsidio en el estrato 1 podra ser de hasta el 60% y en el estrato 2 de hasta el 50%. Los cambios y ajustes en los subsidios dependeran de la aplicación de la norma vigente.
Los subsidios pueden variar cuando la ley sea modificada.
El Gobierno definió que los usuarios que viven a más de 1.000 metros sobre el nivel del mar deben tener un consumo subsidiado de hasta 130 kilovatios hora mes y los usuarios que viven a menos de 1.000 metros sobre el nivel del mar se subsidian 173 kilovatios hora mes. Los usuarios que consumen por encima de dicho límite establecido, deben pagar los kilovatios hora adicionales a tarifa plena.
Estrato 4, oficiales y exentos: no tienen subsidio ni contribución.
Estratos 5, 6 y comerciales: pagan contribución del 20%.
Industriales: el decreto 4944 de 2011 exonero del pago de la contribución de solidaridad a los industriales que están en las actividades de la 011 a la 456 de la resolución de la DIAN 0432 de 2008.