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Cada población concursante, con el liderazgo de la administración municipal, deberá cumplir los requisitos establecidos en las condiciones de participación y, de salir ganadora, este diciembre sus habitantes y visitantes disfrutarán en sus calles y edificios emblemáticos la magia del Alumbrado Navideño, que EPM llevará como premio por su participación y esfuerzo conjunto.


La temática es de libre elección. Permítanse soñar, déjennos conocer sus ideas, exploren su creatividad y cuéntennos qué los inspira y nosotros lo transformaremos en una propuesta luminosa que tomará vida en los alumbrados navideños.


Teniendo en consideración lo anterior, EPM invita a participar en el concurso “Encendamos la alegría 2017”, el cual se basa en una serie de criterios, que permitirán a las administraciones y a los habitantes de los municipios comprometerse y participar activamente.


EPM diseñará, fabricará e instalará temporalmente un juego de piezas de alumbrado navideño. No obstante, lo anterior EPM, teniendo en cuenta condiciones tales como: presupuesto, topografía, trazado urbano, sitios de interés y condiciones particulares, podrá modificar de manera autónoma, cantidades, elementos y formas de las piezas a instalar.


Con estos elementos se ilumina el parque principal del municipio o en su defecto algún parque representativo acordado con la Administración Municipal, algún o algunos edificios institucionales (por ejemplo, una iglesia, que, de ser iluminada, lo será a través de luz indirecta, sin intervenir la estructura de sus fachadas) y calles aledañas al mismo. EPM podrá concertar con los municipios ganadores la ubicación de algunos o todos los elementos definidos para el alumbrado navideño en lugares diferentes a los previamente establecidos en los términos y condiciones del concurso, siempre y cuando se conserven las condiciones del concurso, en lo concerniente a los costos estimados por EPM para el premio y a las características de los sitios propuestos.


El premio incluye el montaje, mantenimiento, retiro y transporte de las piezas. El costo de la energía que se consuma durante el periodo de operación del alumbrado navideño será cuantificado por EPM y pagado con los recursos destinados para la realización del concurso.


El alumbrado permanecerá en operación desde la fecha que se establezca como el día del encendido definida por EPM para cada municipio (evento a realizarse aproximadamente entre el 30 de noviembre y el 6 de diciembre de 2017) y hasta el segundo día festivo de enero del 2018, inclusive. El concurso no genera compromiso alguno para elementos, ni periodos de tiempo diferentes a los que se estipulan en este documento. EPM podrá modificar estas fechas, de acuerdo con sus criterios, sin que eso implique incumplimiento alguno de su parte, informando de manera previa y oportuna su decisión.


Teniendo en cuenta que EPM es una empresa estatal de orden municipal, dadas las restricciones legales, manifestamos la imposibilidad de entregar a los municipios ganadores la propiedad de las piezas y elementos constitutivos del alumbrado navideño, por lo que en ningún caso, el resultar ganador del concurso implica que el Municipio adquiera derechos de propiedad sobre ninguno de los elementos del alumbrado navideño que EPM instale; todas las piezas y elementos utilizados son de propiedad, única y exclusiva de EPM.


Pueden participar todos los municipios del Departamento de Antioquia en los que EPM presta el servicio de energía eléctrica, lo mismo que el municipio de El Carmen de Atrato en Chochó, donde EPM es el prestador de este servicio, e incluyendo a los municipios ganadores de este concurso en sus versiones anteriores. Se exceptúa para este concurso al Distrito de Medellín.


Se entenderá que el municipio está interesado en participar en el concurso, con la entrega en sobre sellado del original de la propuesta; dentro de los plazos (fechas y horas) y en el lugar definido en las condiciones de participación.


La propuesta deberá ser remitida mediante comunicación firmada por el respectivo Alcalde con radicado de la administración municipal, en el que se indique el contenido del sobre, cantidad y tipo de documentación entregada.


La presentación de la propuesta implica que el municipio acepta de manera explícita e incondicional, todos los requisitos, condiciones y aspectos del concurso, contenidos en este documento, así como las responsabilidades y compromisos que de él se derivan.


No podrán participar y en caso de hacerlo serán eliminados, aquellos municipios que se encuentren en mora con EPM o cualquiera de sus filiales, en el pago de recursos destinados al cubrimiento de subsidios a la población de menores ingresos, con fecha de corte al 28 de febrero de 2017. Es de anotar que si entre el momento de asignarse el premio y la fecha de inicio de la instalación del alumbrado, uno o varios de los Municipios ganadores del concurso entran en mora mayor a 60 días en el pago de los recursos destinados al cubrimiento de los subsidios a la población de menores ingresos, EPM podrá tomar la decisión de retirar el premio y declararlo desierto o asignarlo al siguiente municipio elegible, según los criterios de asignación de premios.


En total serán hasta catorce 14 premios para igual número de municipios, repartidos en dos grupos, de la siguiente manera:


GRUPO 1 - SUBREGIONES

Hasta nueve (9) premios, que se otorgarán uno por subregión del Departamento, a quien obtenga el mayor puntaje, de los parámetros de calificación, por cada una de las nueve subregiones del departamento de Antioquia. Para fines del presente concurso El Carmen de Atrato se clasificará dentro de la subregión de Urabá.


En el caso de no recibir propuestas por alguna(s) subregión(es), se otorgará el premio al mejor puntaje general después de los ganadores correspondientes al grupo 2, siempre y cuando se cumpla con el puntaje mínimo definido.


GRUPO 2 - PUNTAJES MÁXIMOS

Los premios restantes, se entregarán a los municipios que obtengan los mayores puntajes de los participantes y que no hayan obtenido premio en el grupo 1 - Subregiones, siempre y cuando se cumpla con el puntaje mínimo definido.


Se anota que se entregará un máximo de tres (3) premios por subregión del departamento, lo que quiere decir que una vez se copen estos, los demás municipios de dicha subregión ya no serán elegibles para obtener premio.


Es de anotar que en ningún caso un mismo municipio podrá obtener dos o más premios en un mismo año y por lo tanto los municipios que obtengan premio en el grupo 1, no serán considerados para la premiación del grupo 2.


En el caso de que se presente empate en cualquiera de los grupos, se definirá el premio con base en el puntaje asignado en el imaginario, de persistir el empate, el ganador se definirá por balota.


Se establece como puntaje mínimo, en la calificación total, 60 puntos, si en el grupo 1-Subregiones algunos municipios no logran superar este puntaje mínimo, los premios correspondientes se otorgarán a los mejores puntajes generales después de los ganadores correspondientes a este grupo.


En caso de que el resultado de la evaluación sea que el número de propuestas con puntaje mayor al puntaje mínimo referido o el número de municipios elegibles sea menor que el número de premios disponibles, se podrán declarar desiertos uno o varios premios.


Convocatoria: Se enviará o publicará una invitación a las Administraciones de los municipios objeto del concurso, a que participen en el mismo, con el fin de crear expectativa y contarles que EPM dará a conocer en poco tiempo los términos de referencia del concurso. Esto se realizará entre la última semana de enero y la primera de febrero. EPM podrá modificar esta fecha, de acuerdo con sus criterios, sin que eso implique incumplimiento alguno de su parte, informando de manera previa y oportuna su decisión.


Publicación de términos de referencia: Se hará el 15 de febrero de 2017, a través de la página web www.epm.com.co. Adicionalmente EPM podrá utilizar otros medios disponibles para informar que están disponibles o hacerlos llegar a cada administración municipal.


En los términos se darán a conocer la mecánica y las condiciones del concurso. EPM podrá modificar esta fecha, de acuerdo con sus criterios, sin que eso implique incumplimiento alguno de su parte, informando de manera previa y oportuna su decisión.


Cierre del concurso: Las propuestas solo se recibirán en la Oficina de Atención a Alcaldes de EPM, ubicada en el sótano 2 oficina 040 costado norte, edificio EPM, Carrera 58 42 – 125 de la ciudad de Medellín, entre el 20 de febrero de 2017 a las 8:00 am y el 15 de marzo de 2017 a las 4:30 pm. Durante ese lapso de tiempo, el horario de recepción de las propuestas entre las 8:00 a.m. – 12:00 a.m. y entre las 1:30 p.m. y 4:30 p.m. (Yuliana Katherine Jaime Londoño). Las propuestas no deben entregarse en ningún sitio diferente al mencionado, el puesto oficial de recibo es la Oficina de Atención a Alcaldes, donde serán recibidas y selladas con la fecha y hora de entrega. EPM podrá modificar estas fechas, de acuerdo con sus criterios, sin que eso implique incumplimiento alguno de su parte, informando de manera previa y oportuna su decisión.


Es de absoluta responsabilidad de las Administraciones Municipales que decidan participar del concurso tomar las medidas necesarias y conducentes para que la propuesta llegue al sitio indicado para su recibo, dentro de las fechas y horas establecidas.


Bajo ninguna consideración se recibirán propuestas que lleguen extemporáneamente, por fuera de las fechas y horas señaladas, o que sean entregadas en un sitio diferente al especificado en los términos y condiciones de participación contenidas en este documento. Quiere decir lo anterior que la fecha y hora final para el recibo es el 15 de marzo de 2017 a las 4:30 p.m., instante después del cual no se recibirán propuestas. EPM podrá modificar esta fecha, de acuerdo con sus criterios, sin que eso implique incumplimiento alguno de su parte, informando de manera previa y oportuna su decisión.


Publicación de los ganadores (por EPM): Los resultados se darán a conocer el 21 de abril de 2017, a través del mecanismo de divulgación que defina EPM, lo cual será informado oportunamente a los Alcaldes de los municipios participantes. EPM podrá modificar esta fecha, de acuerdo con sus criterios, sin que eso implique incumplimiento alguno de su parte, informando de manera previa y oportuna su decisión.


La información también podrá ser divulgada a través de los medios y programas propios de EPM: Aló EPM Regional y Camino al Barrio, incluyendo la página web de EPM.


Encendido: Para este evento podrá o no hacerse un ritual de encendido, por parte de EPM y/o la administración municipal según decida EPM, sin que esto sea un requisito previo para el encendido y sin que se genere para EPM obligación alguna en cuanto a realizar el evento.


El encendido se realizará en la fecha definida por EPM para cada municipio ganador, en lo posible de manera concertada con la administración municipal, con fecha aproximada entre el 30 de noviembre y el 6 de diciembre de 2017. EPM podrá modificar estas fechas, de acuerdo con sus criterios, sin que eso implique incumplimiento alguno de su parte, informando de manera previa y oportuna su decisión.


En caso de hacerse evento, la administración municipal convocará a la comunidad, las autoridades y las fuerzas vivas de la región. Para la definición de la fecha de encendido en cada municipio, EPM tendrá en consideración aspectos operativos, logísticos, administrativos y demás que considere, además de los intereses y razones que cada municipio plantee.


Esforzándonos encendemos la Navidad

Imaginario alumbrado navideño (puntaje máximo 55 puntos).

Está dirigido a motivar la unión y la participación activa de la administración municipal y la comunidad. Sumando puntos podrán ganar el premio y encender la alegría de la Navidad.


La administración municipal realizará talleres de imaginarios con la participación de sus habitantes y deberá elegir una temática con la que desarrollará su imaginario.


El desarrollo de los talleres consiste en que la administración municipal se acerque a los diferentes grupos poblacionales del municipio y cree espacios en los que las personas manifiesten cómo se imaginan los alumbrados del municipio, cómo han soñado la iluminación, qué temática les gustaría ver reflejada en los diseños de los elementos decorativos, cómo creen que pudiera llamarse el alumbrado navideño, y de esta manera recoger varias ideas de la misma comunidad y posterior a esto buscar un mecanismo que les permita elegir, entre todas las propuestas, una con la que concursarán.


La comunidad apoyada por su administración municipal puede manifestarse y expresar sus ideas de diferentes formas en los talleres; puede ser a través de cuentos, canciones, bailes, puesta en escena, juegos, historias, eventos culturales, o de cualquier otra forma que creativamente se les ocurra.


El imaginario o propuesta de alumbrado navideño que la administración municipal entregue a EPM para participar en el concurso deberá estar narrado en forma de una historia, que nos hable de su municipio, que sea autóctona de la región, representativa y reconocida por la comunidad. Ésta debe estar alineada con la temática elegida.


En la historia debe estar contenido el diseño del alumbrado que se sueñan, la descripción de las piezas luminosas y la ubicación de las mismas, de modo que su representación facilite la construcción y materialización del mismo como piezas de alumbrado navideño.


Para facilitar la entrega y posterior calificación, el municipio presentará la propuesta resultante del trabajo con la comunidad y de sus imaginarios en un documento físico, el documento deberá tener una hoja de portada y un máximo de veinte (20) páginas


(una hoja escrita por ambas caras representa dos páginas), en tamaño carta y letra tamaño mínimo 12 (para el caso de propuestas escritas a mano el Jurado evaluará y definirá si se cumple la condición del número de páginas dependiendo de una asimilación del tamaño de la letra), con el siguiente contenido:


Parte 1. Activación y motivación a la comunidad: cómo convocaron a la comunidad, qué y cuántas actividades hicieron para motivar su participación, qué grupos poblacionales invitaron, cantidad y tipo de asistentes, qué zonas del municipio involucraron (rural- urbana).


Parte 2. Desarrollo de las actividades con la comunidad: qué y cuántas actividades desarrollaron, cuál fue el aporte de la comunidad y de la administración municipal, cómo se organizaron, qué zonas del municipio involucraron (rural- urbana).


Parte 3. Idea representativa seleccionada por el municipio: cuál fue la temática elegida, de dónde sale la temática, cómo la eligieron.


Aunque se deja a potestad de cada municipio cómo plasma en las veinte (20) páginas de la propuesta estas tres partes, EPM sugiere que se atiendan las siguientes recomendaciones:


En máximo cinco (5) páginas describir la metodología utilizada para la activación comunitaria y la participación de los habitantes en la elaboración de la propuesta. Pueden incluir fotografías como evidencia.


En máximo diez (10) páginas explicar cómo se desarrollaron las actividades, qué ideas fueron propuestas y contar cómo se presentaron. Pueden incluir fotografías como evidencia.


De todas las ideas o imaginarios desarrollados por la comunidad, la administración municipal deberá escoger aquel que crea que; identifica mejor a su municipio y en consecuencia desea que sea tenido en cuenta como inspiración e insumo para la elaboración del diseño del alumbrado navideño por parte de EPM.


Las restantes cinco (5) páginas del documento, deberán explicar la idea escogida a manera de historia. Adicionalmente se requiere que en la propuesta el municipio haga una descripción detallada y clara de la idea o el imaginario que escogió como representativo; para esto pueden incluir, además del texto, dibujos, fotos o esquemas, de forma tal que facilite su conceptualización, adaptación y diseño por parte de EPM.


Las anteriores recomendaciones no otorgan ni restan puntos, son simples sugerencias para la redacción del contenido, pero los municipios son autónomos en la presentación de sus propuestas.


Nota: La propuesta, incluyendo fotos, dibujos o esquemas (en caso de tenerlos) deberá estar contenida en un documento de máximo una portada más veinte (20) páginas tamaño carta; En caso de que se supere este número de páginas, la propuesta no será tenida en cuenta y no será evaluada. No deben adjuntar CD, DVD o cualquier anexo distinto al contenido dentro del documento.


El jurado, otorgará un puntaje entre cero (0) y cincuenta y cinco (55) puntos a la propuesta, teniendo en cuenta la creatividad, factibilidad, participación de la comunidad, inclusión de diferentes comunidades del municipio (tanto del sector rural como del urbano) y metodología en la realización del imaginario, entre otros.


El Jurado es autónomo para la asignación de los puntajes y para todos los aspectos concernientes a sus evaluaciones. El Jurado plasmará en un documento ejecutivo el resultado de sus deliberaciones y el puntaje asignado a cada una de las propuestas presentadas, de tal forma que sea sumado a los demás criterios de evaluación, con el fin de determinar los ganadores del concurso.


Nosotros y EPM (35 puntos):


Se refiere a la relación entre el municipio y EPM, asociada a la oferta de productos y servicios que hace la empresa a la administración municipal y a sus habitantes.


Servicios públicos domiciliarios EPM - máximo diez (10) puntos


Se asignarán puntos por cada servicio público domiciliario que tenga el municipio con el Grupo EPM (energía, aguas, gas).


En aguas se acepta si el municipio hace parte de una de las siguientes filiales del Grupo EPM: Aguas Regionales, Aguas de Oriente, o aquella(s) que haga(s) sus veces. En el caso del gas es válido si está en operación el servicio o si hace parte de los municipios que están en el plan de expansión para el año 2017. Si el municipio no cuenta con servicios del Grupo EPM el puntaje es cero (0), pero si disfruta de un servicio del Grupo EPM son tres (3) puntos, dos servicios seis (6) puntos y tres servicios diez (10) puntos.


El municipio no requiere presentar constancia de estos datos en su propuesta. Para la calificación, EPM se encargará de verificarlos internamente, con fecha de corte al 28 de febrero de 2017.


Alumbrado público (AOM) con EPM - máximo cinco (5) puntos


Si el municipio tiene contratado con EPM la administración, operación y mantenimiento (AOM) del alumbrado público, se le asignan cinco (5) puntos; si está en negociación dos (2) puntos y si no lo tiene se calificará en este aspecto con cero (0) puntos.


El municipio no requiere presentar constancia de estos datos en su propuesta. Para la calificación, EPM se encargará de verificarlos internamente, con fecha de corte al 28 de febrero de 2017.


Indicador de cumplimiento de los usuarios en sus obligaciones con el Grupo EPM por los servicios prestados - máximo veinte (20) puntos


Todos los usuarios pueden unirse al concurso y aportar su granito de arena para ganarse el premio, poniéndose al día con sus obligaciones asociadas al pago de los servicios que le presta el Grupo EPM en el municipio.

Pagar puntual tiene su recompensa. Si los usuarios pagan cumplidamente sus facturas de servicios públicos y al finalizar el mes de febrero no tienen acumuladas más de dos cuentas vencidas, esto permitirá que el municipio obtenga mayor puntuación en este parámetro de calificación, es decir, entre más personas se pongan al día con la cancelación de las facturas más puntos recibirá el municipio.


Todos los usuarios pueden unirse al concurso y aportar su granito de arena para ganarse el premio, poniéndose al día con sus obligaciones asociadas al pago de los servicios que le presta el Grupo EPM en el municipio.

Se tendrán en cuenta los datos al 28 de febrero de 2017 de las instalaciones con más de dos (2) cuentas vencidas en los servicios de energía, agua potable y gas del Grupo EPM, matriz o filiales. El municipio no requiere presentar constancia de estos datos en su propuesta. Para la calificación, EPM se encargará de verificarlos internamente.


Cuando EPM presta en el municipio los servicios de energía, agua y gas, el puntaje máximo asociado al cumplimiento en el pago de las obligaciones por el servicio de energía será de diez (10) puntos, agua cinco (5) puntos y gas cinco (5) puntos.


Para cada uno de los servicios la calificación se hará de manera inversamente lineal entre el que menos cuentas vencidas tenga y el que más cuentas vencidas tenga, otorgándole más puntos al de menos cuentas vencidas.


Casos especiales


  • Si en el municipio solo se presta el servicio de energía, se podrá obtener un máximo de veinte (20) puntos.

  • Si en el municipio se prestan los servicios de energía y aguas, por cada uno de ellos se podrá obtener un máximo de diez (10) puntos. En este criterio se incluye la cartera de los clientes de EPM y de las filiales Aguas Regionales y Aguas de Oriente, o aquella(s) que haga(s) sus veces.

  • Si en el municipio se prestan los servicios de energía y gas, por cada uno de ellos se podrá obtener un máximo de diez (10) puntos.

Factores de descuento


Después de otorgada la calificación anterior, se podrá descontar puntaje a los municipios que cumplan las siguientes condiciones:


Patrocinios de EPM en el año 2016 (descuenta máximo 10 puntos)


Si durante el año 2016 EPM entregó patrocinios en el territorio municipal, bien sea a la administración o a otros entes que cuentan con el aval de la misma, se rebajarán puntos en proporción al monto total de los patrocinios. Al municipio que recibió el mayor valor de patrocinios se le descontará 10 puntos; al municipio que recibió el menor valor de patrocinios de todos los participantes se le descontará 4 puntos, y a los demás que hayan recibido patrocinios se les descontaran puntos directamente lineales, según el monto recibido. Se aclara que aquellos que no recibieron patrocinios no serán sujetos de descuento.

Para el caso de los premios del concurso Encendamos la alegría en versiones anteriores, estos se considerarán como un patrocinio, y en consecuencia se descontarán cinco (5) puntos por cada vez que el municipio haya resultado ganador del concurso en las tres últimas versiones del mismo, teniendo en cuenta que el descuento máximo por este concepto no será superior a diez (10) puntos. Lo anterior quiere decir que si un municipio resultó ganador en una de las tres últimas versiones del concurso tendrá un descuento de cinco (5) puntos y si resultó ganador en dos o en las tres últimas versiones del concurso se le descontarán diez (10) puntos.


El municipio no requiere presentar constancia de estos datos en su propuesta. Para la calificación, EPM se encargará de verificarlos internamente.


Cuidado y conservación del alumbrado del 2016 (descuenta máximo 5 puntos)


Para los municipios que resultaron ganadores del concurso “Encendamos la alegría 2016” se descontarán hasta 5 puntos por los daños que hayan presentado los elementos constitutivos del premio (juego de piezas de alumbrado) y que sean consecuencia de maltrato o hurto, a criterio de EPM de acuerdo con la evaluación de la gravedad del daño o del número de faltantes, según informe presentado por la Unidad de alumbrado de EPM.


El municipio no requiere presentar constancia de estos datos en su propuesta. Para la calificación, EPM se encargará de verificarlos internamente.


Deudas con EPM


Se descontarán puntos a los municipios que se encuentren en mora con EPM o alguna de sus filiales, por concepto de consumos de cualquiera de los servicios públicos domiciliarios entregados en instalaciones cuyo responsable del pago, sea el Ente Territorial. Dependiendo de la cantidad de cuentas vencidas que tengan al 28 de febrero de 2017, el descuento se hará de manera directamente lineal entre el que menos cuentas vencidas tenga y el que más cuentas vencidas tenga, descontándole 2 puntos al que menos cuentas vencidas tenga y 5 puntos al de más cuentas vencidas. Se aclara que aquellos Municipios que no tengan cuentas vencidas para con EPM o alguna de sus filiales no serán sujetos de descuento.

Los municipios participantes deberán entregar el documento con la propuesta en la Oficina de Atención a Alcaldes de EPM, ubicada en el sótano 2 oficina 040 costado norte, edificio EPM, Carrera 58 42 – 125 de la ciudad de Medellín. Para la entrega de la propuesta, no se permitirá el ingreso a las instalaciones de EPM de grupos musicales, culturales o folclóricos, entre otros.


Se reitera que, EPM es el propietario de todos y cada uno de los elementos constitutivos del alumbrado navideño, no siendo posible por la naturaleza de la empresa entregar la propiedad de las piezas y elementos del alumbrado a los municipios, por lo que en ningún caso, el resultar ganador del concurso implica que el Municipio adquiere derechos de propiedad sobre los elementos constitutivos del alumbrado navideño que se instalen , en consecuencia todas las piezas y elementos utilizados serán de propiedad exclusiva de EPM.


El Municipio asume la responsabilidad por todos los permisos, trámites y licencias necesarias para la instalación, operación y retiro del alumbrado navideño, los cuales deberá entregar a EPM la primera semana de octubre de 2017.


El Municipio facilitará a EPM, en la medida de sus posibilidades, sin ningún costo, un espacio para el almacenamiento temporal de las piezas constitutivas del alumbrado y los demás elementos necesarios para su montaje, operación y retiro. Dicho espacio deberá ser asignado a EPM la primera semana de octubre de 2017 y será desocupado una vez haya finalizado el retiro, en el mes de enero de 2017.


En el caso de empate en cualquiera de los grupos, se definirá el premio con base en el puntaje asignado en el imaginario, de persistir el empate, el ganador se definirá por balota.


De ganar alguno de los municipios que anualmente realizan su alumbrado navideño con recursos propios, éste podrá definir si las piezas correspondientes al premio se instalarán en un corregimiento, una vereda, un parque o la plaza principal. En ningún momento se entregará dinero en efectivo, ni bienes diferentes al juego de piezas referido en el alcance del premio establecido en este documento.


El premio se otorga solo por la temporada navideña 2017 y para las fechas establecidas en este documento, los ganadores no se hacen acreedores a continuar con este beneficio para los años siguientes, ni por fuera de las fechas fijadas.


El premio se entrega en el municipio y al finalizar la temporada de Navidad, EPM lo retira.


El encendido se hará aproximadamente entre el 30 de noviembre y el 6 del mes de diciembre, y estará en funcionamiento hasta el segundo día festivo del mes de enero de 2018, a partir del día siguiente se empieza el retiro. EPM podrá modificar estas fechas, de acuerdo con sus criterios, sin que eso implique incumplimiento alguno de su parte.


En el primer semestre de 2017 EPM formalizará con cada uno de los municipios ganadores, un documento donde se especifiquen las condiciones para la entrega del premio del concurso y las obligaciones de las partes.


Los municipios que salgan ganadores deberán guardar las evidencias de todo el proceso que llevaron a cabo para desarrollar la propuesta, ya que EPM podrá solicitar el envío de los mismos en formato digital y deberán ceder sus derechos patrimoniales de autor a EPM sobre el material entregado, para efectos de publicidad, exposiciones y otros sin fines de lucro.


El concurso podrá declararse desierto parcial o totalmente en caso de no cumplirse las condiciones estipuladas en este documento, tales como puntajes mínimos en las propuestas presentadas por cada municipio o elegibilidad de los municipios.


Cualquier información adicional podrá contactar a Verónica Álvarez García, responsable del concurso por parte de la Gerencia Relaciones Externas: veronica.alvarez@epm.com.co y teléfono 380 34 08


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