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Revisiones técnicas o periódicas Revisiones técnicas o periódicas

Revisiones técnicas o periódicas

InicioGasRevisiones técnicas o periódicas

A partir del 1 de julio se levantó la medida de suspensión transitoria de la revisión periódica a las instalaciones internas de gas domiciliario que se había tomado por la emergencia sanitaria, de acuerdo con la Resolución 129 de 2020 emitida por La Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG). Desde esta fecha, las empresas autorizadas para tales fines, incluyendo EPM, pueden reanudar la prestación del servicio y se deberá proceder inmediatamente a la programación, revisión y certificación de la Instalación Interna de Gas. El agendamiento de tu revisión periódica puedes hacerlo a través de la Línea de Atención 44 44 115 en el Valle de Aburrá o 01 8000 415 115 en el resto de los municipios de Antioquia.

Si pasados los 5 años en tu instalación aún no se ha realizado la revisión periódica o EPM no tiene el certificado que indique que ya se realizó, procederá con la suspensión preventiva del servicio de gas, en cumplimiento con la normatividad vigente. Tanto la suspensión como la reconexión por revisión periódica, tienen un costo, por eso es importante realizarla en el tiempo oportuno.

Si deseas conocer más información sobre el nuevo esquema para la Revisión Periódica o Técnica de las instalaciones internas de gas, haz clic aquí

Revisión periódica red interna

¿Qué es una revisión periódica y por qué debe realizarse?

¿Quién es el responsable de realizar la revisión periódica?

¿Quién está autorizado para realizar la revisión periódica?

¿EPM cómo notifica el vencimiento de la revisión periódica?

¿Dónde puedes consultar la fecha de vencimiento de la revisión periódica?

¿Cómo debe terminar el trámite de la revisión periódica el organismo de inspección diferente al de EPM?

¿Qué pasa si no realizó la revisión periódica?

¿Cuáles son las tarifas de la revisión periódica?

¿Qué sucede si en la revisión periódica encuentran una novedad técnica y no se puede emitir el certificado?

Es la verificación que debe hacerse cada 5 años al sistema de tuberías de gas ubicadas en las áreas comunes de la edificación que forman parte de la instalación para suministro de gas a los interiores de los usuarios. Están comprendidas entre la salida de la válvula de corte en la acometida de la respectiva edificación multiusuario y los correspondientes medidores individuales de consumo. Esta se debe realizar dando cumplimiento a la Resolución 059 de 2012 de la Comisión de Energía y Gas y demás normativa vigente.

Si en la revisión se encuentran defectos críticos en la red, que afecte su seguridad, se suspende el servicio de gas y el organismo de inspección acreditado, no emitirá el certificado hasta que el usuario realice las correcciones indicadas por el inspector.

Si en la revisión se encuentran defectos no críticos en la red, no se suspende el servicio de gas y el organismo de inspección acreditado, no emitirá el certificado hasta que el usuario realice las correcciones indicadas por el inspector. El usuario tiene un plazo para realizar las correcciones hasta la fecha de vencimiento de la revisión periódica. Si en esta fecha no presenta el certificado, se suspenderá el servicio de gas.

Están autorizados los Organismos de Inspección Acreditados ante el ONAC (Organismo Nacional de Acreditación de Colombia) e inscritos ante EPM, quienes deben emitir el certificado de dicha revisión periódica.

Revisión periódica línea matriz

¿Qué es una revisión periódica para línea matriz?

¿Quiénes están autorizados a realizar la revisión periódica de línea matriz?

¡Programa ya tu revisión periódica de redes de gas!

Cuando el Organismos de Inspección Acreditados ante el ONAC elegido por usted, realice la revisión periódica, debe enviar el certificado a epm para que confirme que ya se realizó.

  • Hogares                                                    $76.000
  • Empresas (excluyendo industrias)           $120.000
  • Suspensión por vencimiento de Plazo.   $31.316
  • Reconexión por vencimiento del plazo   $31.316

Estos cobros son efectuados a través de la cuenta de servicios públicos y financiados, según el estrato socio económico de la vivienda. 

Recuerda que ningún funcionario de EPM o de sus contratistas está autorizado para recibir dinero en efectivo.

Consulta revisión gas

Consulta aquí cuándo debes realizar tu próxima revisión técnica

Conoce más

Es la verificación que debe hacerse cada 5 años a las redes internas de gas en los hogares, comercios y empresas, para garantizar el buen funcionamiento y la seguridad en la instalación. Esta se debe realizar dando cumplimiento a la Resolución 059 de 2012 de la Comisión de Energía y Gas y demás normativa vigente.

Según la Resolución 059 de 2012, el usuario es el responsable de hacer la revisión periódica a las redes internas cada 5 años, garantizando que la red de gas cuente con un certificado asociado a la revisión periódica.

Están autorizados los Organismos de Inspección Acreditados ante el ONAC (Organismo Nacional de Acreditación de Colombia) e inscritos ante EPM, quienes deben emitir el certificado de dicha revisión periódica. EPM cuenta con Organismos de Inspección Acreditados para certificar las redes de gas.


Para ver los Organismos de Inspección inscritos ante EPM, haz clic aquí


Para ver los Organismos de inspección acreditados por la ONAC, haz clic aquí

En la factura de servicios públicos, EPM informará con 5 meses de anticipación al cumplimiento de la fecha, que debes hacer la revisión periódica. De igual manera continuará informando cada mes hasta el vencimiento, en el último mes le llegará al usuario un comunicado informando que está próximo a vencer tu certificado.

  • En la línea de atención al usuario de EPM 44 44 115 o 01 8000 415 115.
  • En la página web de Epm, dando clic aquí
  • En las oficinas de atención al usuario de cada municipio.
  • Atención en línea Atención en línea
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01 8000 415 115


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