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jueves, 17 de diciembre de 2020

EPM informa a la opinión pública:

1. El Juzgado Promiscuo Municipal de Ituango declaró Improcedente la tutela de los derechos fundamentales solicitada por dos de los ocupantes del predio La Tesalia, en el municipio de Ituango, y ordenó levantar la medida provisional decretada que suspendió el amparo policivo en esta propiedad el pasado 11 de noviembre.

2. El Juzgado Civil-Laboral del Circuito de Yarumal declaró Improcedente la tutela interpuesta por el alcalde de Briceño en la cual alegó vulneración de derechos fundamentales y cuestionó el procedimiento adelantado frente al predio Capitanes, en jurisdicción del municipio de Briceño. Además, se ordenó a los ocupantes de este predio abstenerse de realizar labores de minería, construcción de socavones, y, a quienes fueron desalojados del inmueble, se les prohibió retornar y seguir ejerciendo trabajos de minería.

3. El amparo policivo fue llevado a cabo por la Gobernación de Antioquia el pasado 11 de noviembre, en el predio Capitanes, jurisdicción del municipio de Briceño, después de realizar una jornada de persuasión y oferta institucional, en la que 50 personas, entre ellos 11 menores de edad, salieron voluntariamente, se acogieron a la oferta institucional, y se les brindó transporte y alimentación para que regresaran a sus poblaciones con sus enseres.

4. En la zona se pudo constatar que las personas que continúan ocupando los predios hacen acciones de minería ilegal y están deteriorando los recursos naturales con socavones, esto sumado a que se encuentran muy cerca de las descargas del proyecto hidroeléctrico Ituango, donde persiste la alerta de la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres (UNGRD), dentro de la contingencia, lo que representa un gran riesgo para las personas allí asentadas y para la estabilidad de la montaña.

5. Los ocupantes se encuentran en un predio privado y se les solicitó por parte de todas las instituciones que tomaron parte en la diligencia que salgan voluntariamente de esta propiedad de la Sociedad Hidroeléctrica Ituango, como ya lo han hecho otras familias.

6. Los fallos de tutela confirman la procedencia de los amparos policivos y el respeto a los derechos fundamentales en los procedimientos policivos, para los cuales se ha contado con la participación de las entidades garantes, con pleno respeto y garantía de los derechos humanos.

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